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Varela sanciona ley que regula escalafón salarial a médicos veterinarios

El mandatario de la República, Juan Carlos Varela sancionó la Ley 574 que modifica la ley 3 de 1983 y la ley 5 de 1984 sobre homologación con las carreras médicas, que regula el ejercicio de la medicina veterinaria y su escalafón salarial.

Con la sanción de la ley, se fija el escalafón a los médicos en base a los años de servicio al Estado o a la empresa privada, los cuales garantizarán la estabilidad de los médicos veterinarios. El escalafón consta de categorías que representan los años de servicio e indican la posición del médico veterinario dentro del escalafón.

Entre las categorías del escalafón están: Médico Veterinario Interno II, Médico Veterinario Interno I, Médico Veterinario IV, Médico Veterinario III, Médico Veterinario II y Médico Veterinario I.

La Ley detalla en el artículo 4-A que el médico veterinario interno estará obligado a servir al Estado por tiempo completo y de forma exclusiva, de acuerdo con la reglamentación respectiva, mientras que el artículo 4-B indica que se le reconocerá un sobresueldo por estudio adicional distinto a los establecidos en las escalas salariales existentes, reconocido por el Consejo Técnico de la Salud, siempre que ejerza dicha especialidad en el campo o área de trabajo.

El artículo 8 de la Ley, indica que el profesional de la medicina veterinaria que haya realizado cursos de postgrado, subespecialidad, especialidades, maestrías, doctorados y postdoctorados en el desempeño de sus funciones dentro de la institución del Estado, y en el ejercicio de estas según lo previsto en el artículo 10 de la Ley 40 de 2014, se le reconocerá este tiempo de estudio como años de servicios para efectos de cambio de categoría.

Mientras que el artículo 9 otorga incrementos salariales cada dos años de forma porcentual a los que califiquen en la categoría de Médico Veterinario I.

Los médicos veterinarios que ejerzan la carrera en el territorio nacional deberán ser ciudadanos panameños, poseer título universitario expedido por una universidad reconocida por el Consejo Nacional de Medicina Veterinaria, haber aprobado dos años de internado y contar con la idoneidad, además deben estar registrados en el Consejo Técnico de Salud.

La iniciativa había sido vetada parcialmente por el Órgano Ejecutivo. Esta decisión provocó un llamado a huelga por parte de los médicos veterinarios del sector público, pero la misma fue suspendida cuando fue aprobada en segundo debate en la Asamblea Nacional.

FUENTE: Catherine Perea