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Detallan formas de pago para empleadores morosos con la CSS

La Caja de Seguro Social (CSS) instó este martes a los empleadores que estén en la disponibilidad de acogerse a la moratoria promulgada en la Ley No.49, de 11 de septiembre de 2018 , a presentarse a las oficinas del Departamento de Apremio y Cobro de la Coordinación Administrativa Judicial, ubicada en Clayton.

A través de un comunicado, firmado por Julio García Valarini, director General interino explica que la moratoria en la CSS es concedida por un término de seis meses para los empleadores que se encuentren morosos con la entidad al 30 de marzo de 2018 y acudan a cancelar sus obligaciones (Art. 6 de la ley).

Los empleadores deben dirigirse al edificio 520, Dirección Nacional de Ingresos o a una de las Agencias Administrativas a nivel nacional.

Asimismo, señalan que “la presente moratoria será con la finalidad de exonerar los montos adeudados en concepto de multas, recargos e intereses que se deban a la fecha de pago”.

Detallan que los pagos se efectuarán primordialmente con dinero en efectivo en las agencia de cobros de la CSS, por medio de transferencia bancaria a favor de la institución (Art. 7 de la ley).

“En caso excepcionales, se podrán efectuar mediante el pago de títulos valores debidamente registrados en bolsas de valores acreditadas en la República de Panamá, bonos del Estado, previamente aprobados por la unidad de inversión de la CSS y por medio de CEPADEM al 95% de su valor”, manifestó el documento.

Cabe señalar que la moratoria aplicará para los casos en que el empleador cancele la totalidad de la deuda.

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FUENTE: Odalis Núñez