Panamá Nacionales - 

Cédula juvenil será obligatoria a partir de los 12 años

La Ley 68 del 2 de noviembre del 2015 Ley 68 del 2 de noviembre del 2015 establece la obligatoriedad de la cédula juvenil a partir de los 12 años y resalta que tendrá los mismos efectos que el certificado de nacimiento. El Tribunal Electoral anunció que para fin de año darán la fecha de inicio de uso de este documento.

El Artículo 14 de la Ley indica que el documento será emitido de forma gratuita por primera vez y cuando se renueve. En caso tal de que el documento sea extraviado, la renovación tendrá un costo de B/4.00 según explicó el funcionario del Tribunal Electoral en RPC Radio.

"Los padres están obligados a tramitar la cédula juvenil para todos sus hijos menores de edad. A partir de los doce años de edad es obligatorio portar la cédula juvenil. El Tribunal Electoral reglamentará el mecanismo para obtener de las autoridades competentes la cooperación para hacer efectiva esta norma", puntualiza la norma en su Artículo 14.

El funcionario del TE explicó que están asistiendo a los colegios, añadiendo que del millón 200 mil menores de edad que hay en el país, más de la mitad cuentan con el documento el cual también deberá utilizarse para la atención médica en la Caja de Seguro Social.

FUENTE: Viola Guevara Gallimore

En esta nota: