Panamá Nacionales - 

Cambios al Código Fiscal aprobados en tercer debate

El proyecto de Ley 491 que modifica artículos del Código Fiscal y dicta otras disposiciones, fue aprobado en tercer debate la tarde de este miércoles en la Asamblea Nacional.

Esta modificación adiciona párrafos tres y cuatro al artículo 706 del Código; el tres establece que se excluye a las empresas que emitan acciones preferidas nominativas que cumplan con las condiciones señaladas en este, y de lo que establece el artículo 706 referente al pago de impuesto sobre la renta.

En tanto el 4 establece que los rendimientos que dichas acciones preferidas paguen serán deducibles del impuesto sobre la renta para el pagador y a la vez en el rendimiento que estas acciones otorgan al tenedor no serán gravable del impuesto sobre la renta.

Se brindan también beneficios a los agroexportadores e industriales que utilizan el Certificado con Poder Cancelatorio (CPC), ya que ahora el Ministerio de Economía y Finanzas podrá deducir directamente de la estimada dicho impuesto a las transferencias de bienes corporales muebles y la prestación de servicios (ITBMS).

Se destaca también que en línea con la actual administración en materia de leyes y acuerdos aduaneros, luego de la aprobación de la eliminación de impuestos en equipos electrónicos, con esta reforma al Código, se propone que el impuesto para estos equipos sean gravados mediante el impuesto selectivo al consumo, con un impuesto del 5%.

Este será pagado con la liquidación aduanera al momento de la importación y permitirá que el precio sea más accesible al consumidor.Las reformas, según la Asamblea, daría ventaja tanto a industriales como a agroexportadores y acorta el tiempo en trámites de CPC.

También se restablece el pago del impuesto sobre la renta estimado en todas las declaraciones de personas jurídicas, en lugar de Adelanto Mensual al Impuesto sobre la Renta (AMIR) que no produjo resultados económicos esperados y que resultó un impuesto de duro manejo para la administración y contribuyentes.

FUENTE: Viola Guevara