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Arresto domiciliario de Noriega depende de notificación sobre otros dos casos

El Sistema Penitenciario de Panamá informó esta tarde que recibió la notificación por parte del Órgano Judicial sobre el fallo de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que otorga temporalmente medida de arrestro domiciliario provisional a Manuel Antonio Noriega.

Sin embargo la institución penitenciaria advirtió que "para proceder con la medida de arresto domiciliario debe, además del fallo de la Sala Penal, recibir notificación sobre la decisión del juez de Cumplimiento del el Órgano Judicial, con relación a otras dos condenas".

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia señaló que la decisión de conceder provisionalmente arresto domiciliario a Noriega es producto de la apelación que presentó su defensa, contra la decisión del Segundo Tribunal Superior de Justicia, dentro del proceso que se le sigue por el homicidio de Heliodoro Portugal.

El fallo indica que el arresto domiciliario al exdictador se debe dar tres semanas antes de la intervención quirúrgica, con el fin de la adecuada limpieza pulmonar requerida para la intervención.

Señala además la Sala Penal que, si en el transcurso de dos meses de encontrarse el señor Manuel Antonio Noriega en arresto domiciliario, no se ha realizado la operación, la medida cesará y deberá regresar al recinto carcelario.

Más temprano, Noriega fue notificado del cambio de medida cuatelar para casa por cárcel por parte del Segundo Tribunal Superior de Justicia.

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