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Jurista UE: madre biológica y "de alquiler" tienen derecho a permiso

Bruselas (EFE). Un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) dijo hoy que tanto la madre biológica como la madre subrogada, la que presta legalmente su vientre para gestar al bebé, tienen igualmente derecho a solicitar un permiso de maternidad retribuido.

La jurista Juliane Kokott, que examinó el caso de una pareja que recurrió a una madre "de alquiler" en el Reino Unido (donde esa práctica está regulada), consideró en unas conclusiones publicadas hoy en Luxemburgo que un permiso de maternidad de un mínimo de 14 semanas no se duplica sino que debe repartirse entre las dos madres, si bien debe durar un mínimo de dos semanas para cada una.

El tribunal británico que tramitaba la denuncia de la madre biológica contra su empresa, que le negó el permiso de maternidad al no haber dado ella a luz o adoptado un niño, recurrió a la corte europea para dilucidar si el derecho comunitario prevé tal permiso para estos casos.

En opinión de la abogado general, una madre intencional que ha tenido un hijo en virtud de un contrato de maternidad subrogada tiene derecho, tras el nacimiento del hijo, al permiso de maternidad previsto en el derecho de la Unión siempre que haya asumido la custodia del hijo tras el nacimiento, como es el caso de esta madre británica.

Para ello, además, será necesario que la maternidad subrogada sea admisible en el Estado miembro afectado y se cumplan los requisitos previstos al efecto en la legislación interna.

Este principio también es aplicable en caso de que la madre intencional no amamante al hijo tras el nacimiento, precisó.

La jurista indicó que, cuando un Estado miembro reconoce la relación jurídica entre la madre intencional y el hijo, deben aplicarse la ley europea sobre el permiso de maternidad a la madre intencional que, inmediatamente después del nacimiento del hijo, ocupa el lugar de la madre subrogada.

Por lo que respecta a la duración del permiso de maternidad, Kokott consideró que el concepto de maternidad subrogada no puede duplicar el derecho al permiso de maternidad mínimo de catorce semanas en el Reino Unido, sino que deberá reflejar el reparto de funciones acordado por las mujeres afectadas.

El permiso ya disfrutado por la madre subrogada deberá descontarse del permiso de la madre intencional y viceversa, aunque debe concederse a ambas el permiso de maternidad obligatorio de dos semanas como mínimo.

Respecto a la distribución de las diez semanas mínimas restantes, deben tenerse en cuenta la protección de la mujer embarazada o de la mujer que ha dado a luz y el bienestar del menor, subrayó.

Las opiniones de los abogados generales de la UE son orientativas pero no vinculantes para la resolución del tribunal.

FUENTE: Agencia EFE